Garantía de Reparación de Avería Mecánica para Vehículos de Ocasión

1.1 .- OBJETO Y ALCANCE DE LA GARANTIA DE AVERÍA MECANICA PARA V.O.

1.1.1.- ARTICULO 1

Los firmantes del contrato de compta-venta mediante la firma de las condiciones de garantía que se indican el en contrato publicadas en la pagina web www.talleresmonteagudo.com aceptan las condiciones indicadas en la misma.

1.1.2 .- ARTICULO 2 DEFINICIONES.

Propietario del vehículo:

Persona física o jurídica que compra el vehículo al vendedor, siendo titular Legal a todos los efectos del citado vehículo.

Valor del Vehículo :

Precio de venta del Mercado del Vehículo en el momento del contrato.

Cobertura de Garantía:

Aquellos que cumplan todos y cada uno de los siguientes requisitos establecidos en las cláusulas de garantía del contrato de compraventa. El incumplimiento de alguno de ellos es motivo de nulidad de la garantía.

No estarán cubiertos por la garantía cualquiera que no este listado en la guía GANVAM/EUROTAX, correspondiente al mes de su venta. aquellos que presenten manipulaciones, antes o después de la suscripción de esta garantía.

Avería :

Se entiende por avería mecánica o eléctrica la inutilidad operativa ( conforme a las especificaciones del fabricante) de la pieza garantizada, debido a una rotura imprevista o un fallo mecánico o eléctrico.

No se incluye en esta definición la reducción gradual en el rendimiento operativo de la pieza garantizada que sea proporcional y equivalente a su antigüedad y kilometraje, ni las averías derivadas de accidentes o cualesquiera influencias externas.

Plan de Inspección y Mantenimiento:

Es el conjunto de revisiones y trabajos que deben realizarse sobre el Vehículo asegurado durante la vigencia de la garantía, por parte de un taller Mecánico debidamente autorizado y dotado de medios técnicos y tecnológicos suficientes. Quedan excluidos de la garantía todos aquellos vehículos que realicen su Plan de Mantenimiento e Inspección fuera de nuestros talleres y nuestros Técnicos.

1.1.3 .- ARTICULO 3

Esta garantía está destinada a vehículos automóviles usados. Tiene por objeto proteger el patrimonio del garantizado ante toda avería mecánica, eléctrica o electrónica del vehículo garantizado, causada por circunstancias distintas al desgaste normal, accidente o cualesquiera otra influencia externa, manifestada durante el período de cobertura de la garantía especificada en el contrato de compra-venta y que estén incluidas como parte de una garantía comercial otorgada por el comprador del vehículo al comprador del vehículo. La Presente garantía sólo actuará en defecto de la garantía del fabricante del vehículo garantizado. Esta garantía no excluye, agota ni limita las obligaciones legales del Vendedor del vehículo según lo dispuesto en la Ley 23/2003 de Garantía en la Venta de Bienes de Consumo, ni cualquier otra que la sustituya, amplíe o modifique.

1.1.4 .- ARTICULO 4

El vendedor se hará cargo del coste de la reparación o sustitución de las piezas que sean necesarias para el funcionamiento correcto del Vehículo Garantizado durante el periodo de vigencia según lo descrito En “ Prestaciones Cubiertas “ salvo aquellas piezas excluidas en el Articulo 8 de estas Condiciones Generales de Garantía. En caso de avería la garantía se dará en las instalaciones del Vendedor, Siendo de cuenta del comprador el transporte hasta las mismas.

PRESTACIONES CUBIERTAS

Componentes Asegurados :

TODOS LOS COMPONENTES MECÁNICOS O ELÉCTRICOS del vehículo que son propios de la especificación original de los fabricantes excepto aquellos catalogados a continuación :

Trabajos de chapa, pinturas interiores y exteriores.

Entrada de agua.

Cerraduras.

Bisagras.

Cinturones de Seguridad.

Cualquier tipo de cristal.

Alarma Sistemas.

Sistemas de comunicación y entretenimiento.

Transmisores y receptores de mando a distancia.

Sistema de AIRBAG.

Depósito de combustible.

Llantas y neumáticos.

Amortiguadores.

Colector de escape.

Tuberías de presión.

Manguitos.

Cables.

Sistema de escape.

Escobillas del limpia.

Pastillas, discos y tambores de freno.

Válvulas quemadas, carbonizados o pegadas.

Pinzas de frenos agarrotadas.

Cinturones.

Cableado.

Fusibles.

Circuitos impresos.

Bombillas.

La renovación de cualquier componente de embrague, debido al ajuste Incorrecto, mal uso o desgaste general.

La limpieza de canalizaciones, filtros, carburadores y bombas.

Desgaste normal de aceites y líquidos está excluido.

ESTAN CUBIERTOS LOS SIGUIENTES COMPONENTES :

Retenes de aceite :

Cigüeñal Árbol de levas.

Eje auxiliar.

Caja de Cambios.

Transmisión.

Piñón del diferencial.

Cualquier reten que fuera necesario sustituir al efectuar una reparación tanto del motor, la caja de cambios, el diferencial etc.

Los catalizadores:

Serán cubiertos los daños mecánicos, excluyendo el daño causado por el impacto, perforación causada por la corrosión, o daño causado por el empleo el combustible incorrecto o no recomendado con un limite de 60.000 Km.

Baterías:

Están cubiertas las baterías de los coches. Las reclamaciones serán restringidas a una unidad durante el período de la garantía.

La correa de distribución :

Si la correa de distribución ha sido cambiada conforme a las exigencias de tiempo/ distancia recorrida en kilómetros especificados por el fabricante ( se requiere la factura ) estará cubierto contra fallo mecánico.

El Radiador :El radiador está cubierto contra la rotura repentina principal o del conjunto.

El radiador de la calefacción : El radiador de la calefacción está cubierto contra la rotura repentina principal o del conjunto.

El radiador de aceite : El radiador de aceite está cubierto contra la rotura repentina principal o del conjunto.

Carcasas : Las siguientes partidas solo están cubiertas si su rotura es resultado directo de un fallo de un componente cubierto y constituirán parte de la reclamación total sujeta a los limites de la garantía :

Bloque motor.

La carcasa de Caja cambio.

Carcasa del diferencial delantero.

Carcasa del diferencial trasero.

Materiales: En el caso de que cualquier reparación aprobada a cualquiera de los susodichos componentes requiera el reemplazo esencial de cualquier tipo de lubricantes, aceites o refrigerante o reemplazo del filtro de aceite estos serán cubiertos como parte de la reclamación total ( dentro de los limites de la garantía ).

1.1.5 .- ARTICULO 5

Quedan amparadas a la presente garantía las siguientes prestaciones :

Hasta dos horas de mano de obra para la detección de la avería. En caso de no resultar cubierta esta garantía estos gastos estarán excluidos, siendo de cuenta del comprador del Vehículo.

Mano de obra para el desmontaje y montaje de las piezas necesarias para acceder a la pieza averiada. Mano de obra para el desmontaje de las pieza averiada y montaje de la de sustitución.

Mano de obra para el reacondicionamiento de la pieza averiada.

Piezas de sustitución, tanto nuevas como reacondicionadas, con las mismas Especificaciones técnicas que las averiadas. Sustitución o relleno de lubricantes, filtros y líquidos, cuya pérdida haya sido causada por una avería cubierta.

1.1.6 .- ARTICULO 6, LIMITE ECONOMICO.

El importe total de los gastos cubiertos durante la vigencia de esta cobertura no podrá sobrepasar, en ningún caso, ni el precio de venta facturado, ni su valor venal. Todo exceso sobre el presupuesto aceptado en garantía será por cuenta del Comprador del Vehículo.

1.1.7 .- ARTICULO 7 PLAN DE INSPECCIÓN Y MANTENIMIENTO.

Durante el período de cobertura de la garantía, el Vehículo deberá someterse a las siguientes operaciones en las instalaciones y talleres mecánicos de l Vendedor o en uno debidamente autorizado por escrito y dotado de los medios técnicos y tecnológicos suficientes, conservandose la factura detallada del servicio que será requerida en caso de ejecución de garantía.

Mantenimiento según el calendario e instrucciones del fabricante ó Vendedor, Mientras el Vehículo continúe sometido a la garantía de aquel, y en todos los Casos, durante los primeros doce meses de la Compra. Cambio de Aceite por kilometraje en función de las especificaciones o, de ser Inferior al kilometraje señalado por el fabricante, una vez al año, si el vehículo Ya no es objeto de garantía del fabricante. Verificación y relleno del nivel de aceite, agua, liquido de frenos y liquido de la Servodirección, cada 6.000 Km. La no observación del Plan de Inspección y Mantenimiento es causa de Invalidación de la cobertura. Las inspecciones y mantenimiento deberán Llevar a cabo con un margen de hasta 1 mes o 500 Km. Por exceso o por Defecto de la fecha de venta o de la Inspección o Mantenimiento anterior.

1.1.8 .- ARTICULO 8 EXCLUSIONES ESPECIFICAS DE LA COBERTURA DE GARANTIA PRINCIPAL

Quedan expresamente excluidas las siguientes piezas, situaciones, operaciones y causas de avería:

Trabajos de chapa, pinturas interiores y exteriores.

Entrada de agua.

Cerraduras.

Bisagras Cinturones de Seguridad.

Cualquier tipo de cristal.

Alarma Sistemas.

Sistemas de comunicación y entretenimiento.

Transmisores y receptores de mando a distancia.

Sistema de AIRBAG.

El Depósito de combustible.

Llantas y neumáticos. Amortiguadores.

Colector de escape.

Tuberías de presión.

Manguitos.

Cables.

Sistema de escape.

Escobillas del limpia.

Pastillas, discos y tambores de freno.

Válvulas quemadas, carbonizadas o pegadas.

Pinzas de frenos agarrotadas.

Cinturones.

Cableado.

Fusibles.

Circuitos impresos.

Bombillas.

La renovación de cualquier componente de embrague, debido al ajuste Incorrecto, mal uso o desgaste general.

La limpieza de canalizaciones, filtros, carburadores y bombas.

Desgaste normal de aceites y líquidos está excluido.

La sustitución, reparación o reglaje de piezas o elementos deteriorados por el desgaste debido al uso normal del vehículo.

La sustitución, reparación o reglaje de piezas o elementos deteriorados por defectos de fabricación o montaje reconocidos por el fabricante del vehículo.

La carrocería; los guarnecidos; la pintura; los techos practicables; solares o descapotables; incluidos sus mandos; los asientos; la tapicería; los tejidos de sellado y tapicerías; las ruedas y neumáticos; las llantas; los cristales ( Térmicos o no ); la luneta; las escobillas limpia parabrisas; los retrovisores; las bombillas; las ópticas; los faros; los pilotos; la rotura o fisura de lunas o faros; la batería; los fusibles;; los discos; los tambores; las pastillas y los forros de freno; El escape; los tubos y silenciadores del sistema de escape; los catalizadores; amortiguadores; el embrague ( disco, maza y collarín ); las bujías de encendido y precalentamiento; el distribuidor; el conjunto de bujías; los racores: las correas; los rodillos; los conductos; los cables; los depósitos; los manguitos; los pedales; La palanca de cambio; el freno de mano; los cinturones de seguridad; Los equipos y componentes de audio; audiovisuales; telefonía y multimedia; el encendedor; los mandos a distancia; las alarmas; el sistema de bloqueo de dirección; los bombines de las cerraduras; las Manillas; los filtros; sustancias de llenado del circuito de aire acondicionado o climatizador; el carburante.

Los añadidos de lubricantes, refrigerantes, liquido de frenos, y otros aditivos, excepto cuando su pérdida haya sido consecuencia de una avería cubierta por esta garantía.

Los gastos de mantenimiento normal de la carrocería y habitáculo, incluida la limpieza y reparación de guarnecidos de asientos, a no ser que sea consecuencia de una avería cubierta por esta garantía.

Las operaciones periódicas de carácter preventivo o de mantenimiento así como los controles y reglajes con o sin cambio de piezas. El equilibrio de ruedas, control y reglaje del tren delantero, los ajustes y la puesta a punto. Los desperfectos como consecuencia de la instalación o utilización de equipamiento o accesorios no montados originalmente, así como toda transformación del vehículo cuyas características no sean las previamente fijadas por el constructor o por los técnicos de nuestros talleres.

Las averías como consecuencia de seguir circulando cuando los indicadores señalen fallos en el funcionamiento de los sistemas, o por El uso accidental o no, de lubricantes o combustibles inadecuados o en mal estado.

Los elementos deteriorados por falsa maniobra, accidente, robo, tentativa de robo, incendio, explosión, acto de vandalismo o catástrofes naturales, así como las averías provocadas por órganos no cubiertos en la presente garantía. Las averías consecuencia de negligencias o mala utilización del vehículo ( sobrecarga, competición, etc ) así como por congelación de líquidos necesarios para su funcionamiento.

Cualquier avería en caso de no haber realizado las operaciones de mantenimiento, según el Plan de Inspección de Mantenimiento definido en el articulo 7 de las condiciones generales de esta garantía. Aquellas averías que se hubieran manifestado con anterioridad a la Suscripción de la garantía de avería mecánica para V.O., tanto si fueron manifestadas por el Vendedor en el momento de la venta como si no lo fueron. Ello incluye las que no pudieran hacerse razonablemente ignorado por parte del Vendedor mediante una inspección y prueba de las condiciones normales. Repetición de los trabajos de reparación o sustitución.

1.1.9 .- ARTICULO 9 PRESCRIPCIÓN Y JURISDICCIÓN.

Las acciones derivadas del presente contrato de garantía de avería mecánica de V.O. prescribirán en el plazo de un año. El plazo de prescripción comenzará a contar desde la fecha en que las acciones puedan ejercerse.

1.1.10 .- ARTICULO 10

El presente contrato queda sometido a la jurisdicción española, y dentro de ella, será Juez competente para el conocimiento de las acciones derivadas del mismo, el del domicilio de Talleres Monteagudo,S.L. Sin perjuicio de lo establecido en el apartado precedente, en caso de que se suscite controversia en la interpretación o ejecución del presente con- trato de garantía de avería mecánica de V.O., el Tomador de la presente – garantía o sus derecho habientes podrán formular reclamación según el procedimiento establecido al efecto. Solo con expresa conformidad de las partes, podrán someterse las Diferencias derivadas de la interpretación y cumplimiento de este contrato a juicio de árbitros, de acuerdo con la legislación vigente.

1.1.11 .- ARTICULO 11 SOLUCION DEL CONFLICTO ENTRE LAS PARTES

Las vías de reclamación en caso de conflicto con la entidad garante son las siguientes :

El Servicio de Atención a Clientes de TALLERES MONTEAGUDO, S.L. Atenderá y resolverá las quejas y reclamaciones presentadas por sus clientes, beneficiarios de la presente garantía. Usted podrá presentar sus quejas y reclamaciones, tanto personalmente como mediante representación a :

SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE TALLERES MONTEAGUDO,S.L. Carretera de Mazarrón Km. 1 30120.-EL PALMAR.- Murcia Teléfono .: 968 884 477 Fax.: 968 884 477 e-mail.: contacto@talleresmonteagudo.com

La reclamación deberá realizarse por escrito, en soporte papel o por medios informáticos, electrónicos o telemáticos, siempre que estos permitan la lectura, impresión y conservación de documentos. El procedimiento se iniciará mediante la presentación de un documento en el cual se hará constar :

1. -Identificación del reclamante.

2. -Referencia o identificación del Vehículo garantizado.

3. -Causas que motivan la queja o reclamación.

4. -Solicitud que se formula al Servicio de Atención al Cliente

5. -Indicación de que el reclamante no tiene conocimiento que la queja o reclamación está siendo tramitada a través de un procedimiento administrativo, arbitral o judicial.

6. -Lugar, fecha y firma del reclamante.

Así mismo, se deberá aportar, junto con el escrito, las pruebas documentales que obren en poder del reclamante, relacionadas con el caso. El Servicio de Atención al Cliente resolverá dichas quejas y reclamaciones en el plazo de dos meses desde la fecha de su presentación. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio, usted puede recurrir dicha resolución :

Mediante Arbitraje Las Partes, de común acuerdo, podrán someter la solución de conflictos que con motivo del presente contrato pudieran suscitarse, al juicio de árbitros, con arreglo a la legislación vigente.

Mediante la vía jurisdiccional competente.

Si alguna de las partes decidiese ejercitar sus acciones ante los Organos Jurisdiccionales, será Juez competente para el conocimiento de las mismas el del domicilio de Talleres Monteagudo, S.L.